La reforma pensional ha desencadenado un intenso debate entre los trabajadores, quienes se encuentran inmersos en tomar la decisión sobre cuál será el fondo más adecuado para asegurar una pensión óptima, ya sea escogiendo un fondo privado o público. En este contexto, surge la advertencia de Colpensiones, que recuerda la existencia de un proceso para aquellos que consideran trasladarse de un fondo privado a uno público: la doble asesoría.
Sin embargo, es esencial tener en cuenta que el cambio de fondo solo puede realizarse hasta 10 años antes de alcanzar la edad de pensión, si tiene 45 años esté atento. “Recuerda que la doble asesoría es indispensable para solicitar el traslado de régimen; tenlo en cuenta si estás próximo a cumplir: mujeres, 47 años, y hombres, 52 años”, detalló Colpensiones en su página web. La advertencia del fondo coincide con su anuncio sobre las próximas actualizaciones en sus sistemas operativos y plataformas digitales, programadas para los últimos días de marzo, es decir en Semana Santa.
“Llevaremos a cabo labores de mantenimiento tecnológico preventivo la última semana de marzo, por lo anterior los Puntos de Atención de Colpensiones no prestarán servicio los días 26 y 27 de marzo, la sede electrónica del 26 al 31 de marzo y el ‘contact center’ el 26, 27 y 30 de marzo. No obstante, la línea de servicio al ciudadano estará activa para proporcionar información general y realizar agendamiento para devolución de llamadas. Todos nuestros servicios y canales estarán disponibles a partir del lunes 1 de abril de 2024 en sus horarios habituales”, añadió el fondo público en su plataforma.
Modelo actual de pensiones y propuesta de reforma
El sistema de pensiones en Colombia se estructura en torno a dos regímenes fundamentales: el Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM) y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), este último reconocido como el sistema de pensiones privado.
El RPM, administrado por Colpensiones, entidad estatal, asegura una pensión mensual determinada por el salario promedio del trabajador y su historial laboral, con contribuciones tanto del empleador como del empleado. Por su parte, el RAIS opera a través de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), donde los trabajadores destinan contribuciones que son invertidas en fondos de pensiones privados, con el beneficio de recibir una pensión al momento de la jubilación basada en el rendimiento de dichas inversiones.
El sistema de pensiones en Colombia se estructura en torno a dos regímenes fundamentales: el Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM) y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) – crédito Colprensa
Ambos sistemas enfrentan desafíos significativos, desde la sostenibilidad financiera hasta la necesidad de lograr una cobertura universal. Asimismo, preocupa la equidad y la adecuación de las pensiones, especialmente para los trabajadores informales y aquellos con ingresos bajos o irregulares, aspectos que requieren atención y soluciones efectivas para garantizar la protección económica en la etapa de retiro.
La reforma laboral que propone el gobierno del presidente Petro, tiene algunos cambios al sistema actual. El jefe de estado ha dicho que, “el pilar fundamental de esta reforma es garantizarles su bienestar (a través de una renta vitalicia) a las personas de la tercera edad”.
La reforma pensional que propone el gobierno tiene como puntos fundamentales los pilares “semicontributivo” y “contributivo – crédito Senado
Otro punto importante son los pilares “semicontributivo” y “contributivo”. Con el pilar semicontributivo la ley permitirá otorgarles una renta vitalicia a quienes no alcancen su jubilación, pero tengan entre 150 y 999 semanas cotizadas ya sea en el fondo público, Colpensiones, o tengan una cuenta individual en una Administradora de los Fondos de Pensiones, manejada por privados. Y con el pilar contributivo lo que se busca es que Colpensiones, el fondo estatal, “recibirá los aportes hasta los 3 primeros SMLMV (salarios mínimos legales mensuales vigentes) cotizados” y el fondo privado, es decir, las Administradoras de los Fondos de Pensiones, reciban cotizaciones que excedan los 3 SMLMV, según el gobierno.